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Trámites para ser corredor de seguros en España

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LA IMPORTANCIA DE ELABORAR UN BUEN EXPEDIENTE

ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS

Una vez que ya tienes el Título de Mediador de Seguros del Nivel 1 deberás presentar un expediente con tu proyecto ante el organismo supervisor para que te lo aprueben (La DGSFP o tu CCAA según hayas decidido que sea tu ámbito de actuación).

 

Deberás elaborar un buen expediente en el que tendrás que aportar una documentación concreta, como por ejemplo varias cartas de compromiso de diferentes aseguradoras que apoyen tu proyecto, tendrás que diseñar varios reglamentos o manuales de procedimiento obligatorios, como el de atención a clientes o quejas y reclamaciones, o el manual de formación obligatorio, entre otros. También tendrás que presentar la propuesta de Póliza de RC obligatoria u otra garantía financiera que cubra tu futura actividad y cuyos capitales estén sujetos a lo que dispone la Ley en cada momento.

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Pero esto es solo una pequeña parte de lo que compone todo tu expediente, porque además, está lo más importante, el "Plan de Actividades" o "Plan de Negocio", que es el informe que deberá reflejar perfectamente tu proyecto, lo que quieres y puedes hacer. Todo con sujeción a la ley y justificando que tiene viabilidad desde un punto de vista financiero, comercial y empresarial.


En la sección "Elaboración del Expediente de Alta" encontrarás explicación detallada de todos y cada uno de los documentos que debes aportar y que en su conjunto conformarán tu expediente de solicitud de alta como Corredor o Sociedad de Correduría de Seguros.

 

Si en tu caso has decidido constituir una Sociedad de Correduría de Seguros (PJ) en vez de trabajar como Corredor individual (PF), en la sección "Especialidades para Sociedades de Corredurías de Seguros" encontrarás información importante que deberás tener en cuenta y que si duda te servirá de gran ayuda. 

 

Por último, debes tener presente que la elaboración de tu expediente es algo muy importante. Es en esta fase donde te juegas todo. Sólo tienes "una oportunidad" para deslumbrar y para que tu proyecto brille con luz propia; no puedes equivocarte, aquí no hay segundas oportunidades. Tú quieres ser Corredor de Seguros y "Nosotros queremos ayudarte, ¿Nos dejas?"

¿Quieres ver la ponencia sobre "Cómo ser Corredor o cómo montar mi propia Correduría"?

En la imagen de la izquierda puedes acceder al webinar impartido en 2023 por Jorge Campos, director  de quierosercorredordeseguros.es, Presidente de la Organización de Nuevos Corredores y Corredurías de Seguros - NEWCORRED- y autor de la Guía "Cómo ser Corredor o montar mi propia Correduría"

En este webinar se analiza toda la información que se necesitas conocer para trabajar como corredor/a de seguros individual o para crear tu propia correduría de seguros y conocerás las respuestas precisas a preguntas habituales como si es mejor ser corredor persona física o jurídica; qué formación se necesita; qué requisitos y trámites son necesarios; cómo formalizar el expediente de solicitud ante la DGSFP, qué documentación hay que aportar y cuánto dura el proceso; qué debo hacer si soy agente de una compañía y quiero pasar a ser corredor; qué debo negociar antes con las aseguradoras…

¿VAS A CREAR UNA Correduría?

DEBES TENER EN CUENTA ESTOS IMPORTANTES ASPECTOS

Si lo que vas a montar es una Sociedad de Correduría de Seguros, entonces debes tener en cuenta una serie de aspectos importantes para este caso y que pasamos a detallarte brevemente a continuación:


La Forma Jurídica

Las Corredurías de Seguros deberán tener la forma jurídica de sociedades mercantiles o de cooperativas. (Actualmente, el 99% de las altas de Corredurías son Sociedades Limitadas y tan solo un 1% de las altas que se producen actualmente de Corredurías son Sociedades Anónimas. No hay altas actualmente como Cooperativas)


Inscripción previa en el Registro Mercantil

La sociedad deberá estar ya inscrita en el Registro Mercantil previamente a la solicitud de inscripción administrativa. Es decir, deberás haber constituido la sociedad e inscribirla en el Registro Mercantil con antelación a la presentación de tu expediente de solicitud ante la Dirección General de Seguros.


El Objeto Social

Los Estatutos de tu Correduría deben determinar y recoger expresamente, dentro del apartado correspondiente al objeto social: "La realización de actividades propias de Distribución de Seguros bajo la figura de Correduría de Seguros". Este aspecto es de los más importantes, pues es, además, uno de los aspectos más habituales que no se cumple correctamente y del que la DGSFP tiene que pedir su posterior subsanación, con las consecuencias del retraso y gastos innecesarios que supone tener que volver al Notario y volver a inscribirlos en el Registro Mercantil.


Las Acciones

Si la modalidad elegida es la de sociedad por acciones (Que es lo habitual en la mayoría de los casos), éstas habrán de ser "nominativas".


El Código C.N.A.E.

Este es el Código Nacional de Actividades Económicas y aunque no es necesario ponerlo expresamente en la Escritura de Constitución ni en los Estatutos de tu Correduría, la mayoría de las notarías lo ponen en la escritura.

Si ese es tu caso, el CNAE correspondiente a la actividad de "Agentes y Corredores de Seguros" es el 6622.


El Órgano de Administración

Desde la entrada en vigor del nuevo RDL 3/2020 de 4 de febrero de Distribución de Seguros ya no se requiere acreditar experiencia previa como tal a las personas que vayan a ocupar el cargo de Administrador o miembros del Consejo de Administración en una Correduría, de manera que actualmente puede ocupar este cargo cualquier persona mayor de edad. Habrá que realizar el nombramiento en la escritura de constitución y, normalmente, este cargo es "no remunerado".


El órgano de Dirección y el Responsable de la Distribución de Seguros

En las Corredurías deberá designarse una persona que será el/la "Responsable de la Distribución" de Seguros  (antes llamado "Director Técnico) y que es quién debe acreditar estar en posesión del Título de Distribuidor de Seguro del Nivel 1 (Antes Título de Mediador del Grupo A).

También puede ser un "órgano formado por varias personas", pero en ese caso, deberás tener en cuenta que, "al menos, la mitad de las personas que lo compongan deberán tener el Título del Nivel 1".

Importante: No es incompatible que esta persona sea también el Administrador Único y el director o Gerente de la Correduría. En realidad, en las nuevas y pequeñas Corredurías -que muchas son unipersonales- esto es lo habitual. Incluso, la misma persona puede ocupar este mismo cargo en varias corredurías a la vez.

 

El Nombre de la Correduría

Si has decidido constituir una Sociedad de Correduría de Seguro, cuando solicites la denominación de esta, deberás tener en cuenta que no es obligatorio que la sociedad lleve al final del nombre las palabras "Correduría de Seguros".

Eso sí, lo que NO está permitido es que le pongas a la denominación la palabra "Seguros" (Por ejemplo: "Hermanos Peláez Seguros"), ni "insurances" (en ingles), pues la normativa considera que ese término "Seguros" está reservado solamente para las Entidades Aseguradoras y te aunque te darán el nombre en el Registro Mercantil, sin embargo te rechazarán la denominación en la Dirección General de Seguros. Este aspecto es importante hasta el punto de que, si lo cambias posteriormente a haber recibido la autorización, puede llegar a ser "falta muy grave" y tener una importante sanción.

DÉJATE AYUDAR POR UN PROFESIONAL EXPERTO

"CONFÍANOS ESTE TRABAJO A NOSOTROS"

Como te hemos indicado antes, con tu expediente es donde te juegas todo. Son muchas las cosas que debes aportar y sólo tienes "una oportunidad" para deslumbrar y para que tu proyecto brille con luz propia; aquí no hay segunda oportunidad.

 

Puedes hacer el expediente tu solo/a, ahora bien, este trámite va a ser muy importante para tí, y lo debes hacer perfectamente; por ello, nuestra opinión es que es conveniente que te ayude un profesional experto en la elaboración de todos los aspectos de tu expediente de alta.

Un experto, además de proporcionarte todos los manuales, cartas de compañías y todo lo que necesites, te asesorará sobre tu proyecto en particular, corrigiendo posibles fallos en tu planteamiento de negocio y aportándote la experiencia real de otros proyectos consolidados de Corredores y Corredurías, lo que te servirá de gran ayuda.

 

Nosotros tenemos una gran experiencia, pues hemos realizado más de 600 expedientes de alta de nuevos Corredores y Corredurías y ésta que te hemos explicado es nuestra forma de trabajar en todos los casos. Quizás por eso, nuestra efectividad y éxito de casos aprobados es del 100% de los expedientes que hemos tramitado.

 

Además, en nuestro caso, estamos preparados para subsanar o corregir de inmediato cualquier aspecto o ampliación de información que te soliciten y, lo que es más importante, te acompañamos orientándote en tus primeros pasos una vez que obtengas tu autorización, sobre todo, en el inicio de tu relación con las entidades aseguradoras.


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