Es el DAC o también llamado SAC (Servicio de Atención al Cliente)
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 44 y siguientes de la Ley 26/2006, dentro del "Programa de Actividades" o "Plan de Negocio" tendrás que desarrollar un capítulo especial dedicado al Departamento de Atención al Cliente obligatorio en el que deberás aportar en tu expediente lo siguiente:
Ojo con este aspecto ya que la persona que designes como Titular del Departamento de Atención al Cliente deberá poder acreditar "experiencia en mediación" tal y como exije la normativa aplicable. Este es uno de los aspectos habituales de petición de subsanación por parte de la DGSFP y que viene a retrasar la aprobación de los expedientes. Si le has encomendado a un profesional la elaboración de tu expediente, él te proporcionará y elaborará tu Reglamento o Manual de Quejas y Reclamaciones debidamente adaptado a la legislación vigente en cada momento.
Este Reglamento es muy importante. Es el "Manual de Quejas y Reclamaciones" y deberá contener todos los aspectos relativos a cómo se van a gestionar las posibles quejas y reclamaciones conforme al procedimiento y plazos establecidos en la normativa vigente sobre defensa de los derechos de los consumidores y usuarios de servicios financieros y conforme a lo previsto en la legislación aseguradora. Si le has encomendado a un profesional la elaboración de tu expediente, él te proporcionará como Titular del DAC a un profesional qur ya cuenta con todos los requisitos exigidos.